Con base a lo establecido en la Directiva presidencial 01 del 25 de febrero de 1999 por medio del cual se ordena respetar los derechos de autor es deber de todos los ministerios, Departamentos administrativos, entidades descentralizadas, Policía nacional y Rectores de universidades Publicas y Colegios públicos, sobre la adopción de comportamientos respetuosos del Derecho de autor, el jefe de control interno de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado presenta el informe sobre legalidad legalidad del software utilizado en los equipos de cómputo de la empresa.
OBJETIVO: Verificar que el software utilizado en los equipos de cómputo de la empresa cuente con su licencia respectiva.
MARCO NORMATIVO:
- Directiva Presidencial 01 del 25 de febrero de 1999, “Respeto a los derechos de autor y derechos conexos”.
- Directiva presidencial 02 del 12 de febrero de 2002, “Respeto al derecho de autor y los derechos conexos en lo referente a la utilización del software”.
- Circular 04 del 22 de diciembre de 2006, mediante la cual se solicitó a los Representantes legales y Jefes de oficina de control interno de las entidades u organismos públicos del orden nacional o territorial la información relacionada con la verificación , recomendaciones y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia del derecho de autor sobre software”.
- Circular N° 017 del 01 junio de 2011, suscrita por la Unidad administrativa Especial Dirección Nacional Derechos de Autor. -Circular 027 de diciembre de 2023 , por medio del cual se modifica la circular N°017 del 01 de junio de 2011 , sobre recomendaciones, seguimiento y resultado sobre el cumplimiento de las normas en materia de derechos de autor sobre programas de computador ( Software).